Revoca Sala Regional del TEPJF resolución del TEEM y ordena regresar regiduría a candidato independiente en Jojutla
Yesenia Daniel
Jojutla, Morelos; 4 de noviembre de 2018. En sesión pública celebrada el pasado viernes 2 de noviembre, la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) de la Ciudad de México, revocó las sentencias emitidas recientemente por el Tribunal Estatal Electoral de Morelos (TEEM) que ordenó la reasignación de regidurías en varios municipios, entre ellos Jojutla, y en donde como consecuencia se asignaba una regiduría a la fórmula de «Juntos Hacemos Historia», específicamente Morena, dejando fuera del cabildo al candidato Carlos Brito y su equipo.
En la sesión pública los magistrados ordenaron una nueva asignación de regidurías por el Principio de Representación Proporcional en diversos ayuntamientos de Morelos relacionadas con la validez de los acuerdos en que el Instituto Morelense de Procedimientos Electorales y Participación Ciudadana (Impepac), asignó las regidurías de representación proporcional que integrarían los ayuntamientos de Coatlán del Río, Cuautla, Zacualpan de Amilpas, Cuernavaca, Jonacatepec, Jojutla, Puente de Ixtla, Tlalnepantla, Ocuituco, Jiutepec, Tetecala, Amacuzac, Jantetelco, Temixco, Tepoztlán, Mazatepec, Tlaltizapán de Zapata y Yecapixtla.
«Ello porque en algunos de estos ayuntamientos, en la asignación de regidurías se debió considerar los cargos de Presidencia Municipal y Sindicatura al analizar los límites de sobre y subrepresentación de los partidos políticos, para garantizar de mejor manera la pluralidad en la integración de cada Ayuntamiento.
De esa manera se permite que integren cada ayuntamiento las fuerzas políticas que hubieran obtenido menor porcentaje de votación de forma representativa e impide que quienes hayan obtenido la mayoría de votos alcancen un alto grado de sobre-representación respecto de la integración total del órgano de gobierno.
Con lo que se hizo prevalecer el acuerdo del IMPEPAC en los casos respectivos.
Además, en algunos casos el Tribunal local debió considerar que la asignación de regidurías no fue apegada al principio constitucional de paridad de género, reflejando dichas designaciones una sub representación del género femenino.
En consecuencia, se ordenó al IMPEPAC que en estos casos, se lleve a cabo una nueva asignación de regidurías de representación proporcional», explica el TEPJF en boletín emitido el mismo 2 de noviembre.
En el caso específico de Jojutla, la sentencia del TEEM benefició a la fórmula de los partidos Morena, PES y PT, dejando fuera al candidato que participó en fórmula independiente, Carlos Brito.
La sentencia del TEPJF confirma el criterio original del Impepac.